Adopción de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio
La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio mediante resolución 260 A (III) el 9 de diciembre de 1948.
La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio fue adoptada y abierta a firma y ratificación por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948, entrando en vigor el 12 de enero de 1951. El Estado peruano suscribió la Convención el 11 de diciembre de 1948 y la ratificó el 29 de diciembre de 1959, mediante Resolución Legislativa N° 13288. Posteriormente, Perú incorporó las disposiciones sobre genocidio en su Código Penal de 1991 y en la Ley N° 26926 de 1998, penalizando con prisión no menor de veinte años los actos destinados a destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, social o religioso.