Opinión Consultiva de la Corte Interamericana sobre Hábeas Corpus
La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que los límites legales al poder público persisten incluso en situaciones excepcionales.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la Opinión Consultiva Nº 8 del 30 de enero de 1987 sobre el hábeas corpus bajo suspensión de garantías. En esta opinión, la Corte determinó que aunque algunos límites legales de la actuación del poder público pueden variar en condiciones excepcionales, estos no pueden considerarse inexistentes. La Corte rechazó la noción de que el gobierno pudiera investirse de poderes absolutos más allá de las condiciones en que la legalidad excepcional está autorizada.