Pacte international relatif aux droits civils et politiques adopté par le Pacte international relatif aux droits civils et politiques
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos fue aprobado por el Estado peruano mediante Decreto Ley 22128 el 28 de marzo de 1978, siendo posteriormente ratificado por la Constitución de 1979 y entrando en vigor en 1980.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) de la ONU de 1966 fue aprobado por el Estado peruano mediante Decreto Ley 22128 de fecha 28 de marzo de 1978. Este pacto fue posteriormente ratificado conjuntamente con su Protocolo Facultativo (I) por el Título VIII, Disposición General y Transitoria XVI de la Constitución Política de 1979. El instrumento de ratificación fue depositado el 9 de septiembre de 1980, entrando en vigor para el Perú desde esa fecha. El PIDCP establece derechos fundamentales no derogables incluso durante conflictos armados y situaciones de emergencia, siendo uno de los instrumentos internacionales centrales de protección de derechos humanos que adquirió rango constitucional en el ordenamiento jurídico peruano.