Convenio N° 107 de la OIT sobre Protección e Integración de Poblaciones Indígenas

La OIT adoptó el Convenio N° 107 en 1957 para prohibir la prestación obligatoria de servicios personales y sistemas de contratación coercitivos contra poblaciones indígenas y tribales.

Desde fines de la década de los cincuenta, los instrumentos internacionales elaborados en el marco de la Organización Internacional del Trabajo reconocieron derechos colectivos a los pueblos indígenas. El Convenio N° 107 de la OIT, denominado "Convenio relativo a la Protección e Integración de las Poblaciones Indígenas y de otras Poblaciones Tribales y Semitribales en los Países Independientes" (1957), prohibió la prestación obligatoria de servicios personales de cualquier índole, remunerados o no, impuesta a miembros de poblaciones indígenas, así como la sujeción a sistemas de contratación coercitivos e incluida la servidumbre.

Source : p. 661
Lieu : International