Nulidad de la resolución del Caso Barrios Altos por el Consejo Supremo de Justicia Militar

En octubre de 2001, el Consejo Supremo de Justicia Militar declaró nula la resolución que había aplicado amnistía en el Caso Barrios Altos, en cumplimiento de sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El 7 de octubre del 2001, la Sala Plena del Consejo Supremo de Justicia Militar declaró nula la resolución de 1990 que había aplicado amnistía a los condenados por los hechos de Barrios Altos, en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se ordenó que la causa volviera al estado procesal anterior a la aplicación de la amnistía y se remitieron los actuados al Vocal Instructor para la ejecución de la condena. Posteriormente, el 11 de octubre del 2001 se ordenó el impedimento de salida del país de Rolando Cabezas Alarcón, y el 1 de abril del 2003 se ordenó su captura para ejecutar la condena impuesta. La CVR consideró que los hechos constituían delito común que trascendía la competencia militar, y que la jurisdicción competente debería haber sido el 39º Juzgado de Instrucción de Lima.

Fuente: Página 756
Ubicación: Peru