Caso Aydin v. Turquía - Violación sexual como tortura

La Corte Europea de Derechos Humanos reconoce la violación sexual como forma agravada de trato cruel, inhumano y degradante.

En el caso Aydin v. Turquía de 1997, la Corte Europea de Derechos Humanos estableció que la violación sexual de una persona detenida por un agente estatal constituye una forma especial y horrenda de maltrato y violación al artículo 3 de la Convención contra la Tortura. La corte reconoció que los agresores aprovechan la vulnerabilidad de las víctimas y que la violación sexual causa cicatrices psicológicas profundas que persisten más tiempo que otras formas de violencia. Esta jurisprudencia es relevante para el Derecho Internacional Humanitario en conflictos armados internos, donde la violencia sexual transgrede las normas mínimas de humanidad.

Fuente: Footnote 15 (Sentencia de 25 de septiembre de 1997, párrafo 83)
Ubicación: Turkey