Delito de terrorismo. Comentarios a la nueva legislación antiterrorista
El presente trabajo no pretende oponerse a una legislación antiterrorista. Al Estado le asiste un indiscutible derecho a la defensa, e inclusive, apelar a la violencia para garantizar la paz y la convivencia social; pero descalificamos rotundamente tanto la ley de la selva lo que significaría la abstención del Estado, como el que se combata el terrorismo valiéndose de métodos terroristas. La fuerza no necesariamente tiene la razón. La constitución forma un ámbito insoslayable; el gobierno y los disidentes radicales deben vincularse dentro del parámetro que dibuja la carta política. El criterio de eficacia militar y leyes penales de emergencia de ninguna manera legitiman la violación a los principios institucionales. (Extracto presentación).