Municipios y terrorismo. Impacto de la violencia subversiva en los gobiernos locales
Evaluar el impacto de la violencia terrorista en los gobiernos locales nos planteó algunas cuestiones previas: ¿Qué son los gobiernos locales? ¿Cuáles son sus competencias? ¿Dónde se ubican los gobiernos locales al interior del Estado? ¿a qué tipo de estado corresponden? Procurar una respuesta nos condujo a revisar la concepción constitucional sobre los gobiernos locales y su inserción en un gobierno de estado. Hemos advertido que el modelo de estado descentralista que permita formular la Constitución Política de 1979 está aún por desarrollarse. Ante la ausencia de planteamientos sobre el nuevo orden jurídico político, desglosamos algunas consideraciones mínimas sobre el Estado descentralista, los gobiernos locales y sus mecanismos democráticos. Al margen de toda consideración jurídico doctrinaria que lo sustente, a partir de 1980 se han instalado los gobiernos locales en las circunscripciones provinciales y distritales del país y renovados en dos oportunidades sucesivas subtitulares. El desarrollo de la democracia local enfrenta, pues, las dificultades propias de su reciente creación entre –no se han definido cabalmente sus competencias, ni se reconocen sus posibilidades. (Extracto presentación).