Derogación de la norma de incomunicación de detenidos

La Ley N° 26447 de 1995 derogó el literal d) del artículo 12° del Decreto Ley N° 25475 que autorizaba la incomunicación absoluta de detenidos.

Durante la etapa prejudicial, la Policía Nacional tenía autorización legal para disponer la incomunicación absoluta de los detenidos, incluyendo la imposibilidad de comunicarse con su abogado defensor, cuando las circunstancias lo requirieran y la complejidad de las investigaciones así lo exigiera. Esta práctica fue respaldada por el literal d) del artículo 12° del Decreto Ley N° 25475. La Ley N° 26447, promulgada el 18 de abril de 1995, derogó esta norma que permitía la incomunicación del detenido.

Fuente: Página 274
Ubicación: Peru