Modificación de requisitos de quórum del Tribunal Constitucional

Reducción del quórum del Tribunal Constitucional de seis a cinco miembros mediante la Ley N° 27859 publicada el 20 de octubre de 2002.

La Ley N° 27859, publicada el 20 de octubre de 2002, modificó el artículo 4º de la norma anterior, reduciendo el quórum del Tribunal Constitucional de seis a cinco miembros. Para resolver sobre la inadmisibilidad de demandas de inconstitucionalidad y dictar sentencias que declaren la inconstitucionalidad de normas con rango de ley, se requieren cinco votos conformes. La nueva ley establece que el Tribunal está constituido por dos Salas con tres miembros cada una para conocer en última instancia las resoluciones denegatorias de acciones de Amparo, Habeas Corpus, Habeas Data y de Cumplimiento, requiriendo tres votos conformes para las resoluciones.

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