Ley N°24651 sobre delitos de terrorismo
Ley promulgada el 20 de marzo de 1987 que introdujo en el Código Penal peruano la sección 'De los delitos de Terrorismo', estableciendo la tipificación del delito de terrorismo y los actos de colaboración terrorista con penas de hasta 20 años de prisión.
La Ley N° 24651, promulgada el 20 de marzo de 1987 durante el gobierno de Alan García, introdujo en el Código Penal una sección denominada 'De los delitos de Terrorismo'. Esta ley definió al terrorismo en términos similares al Decreto Legislativo N°046 de 1981, sancionando a quien con propósito de provocar o mantener un estado de zozobra, alarma o terror en la población cometiere actos que pudieran crear peligro para la vida, la salud o el patrimonio de las personas, valiéndose de medios capaces de provocar grandes estragos. La pena establecida fue de penitenciaría no menor de 15 años o internamiento. Posteriormente, esta ley agregó el artículo 288° 'E' al Código Penal, estableciendo los actos de colaboración con el terrorismo con penas de penitenciaría no menor de 15 ni mayor de 20 años.