Caso Barcelona Traction y obligaciones erga omnes
La Corte Internacional de Justicia estableció en 1970 que los derechos humanos fundamentales generan obligaciones de los Estados hacia la comunidad internacional en su conjunto.
La CVR cita la sentencia de la Corte Internacional de Justicia del caso Barcelona Traction (1970) para fundamentar que los derechos inderogables de la persona humana constituyen obligaciones erga omnes de los Estados. Estas obligaciones, reconocidas por la comunidad internacional, tienen como fuente el Derecho Internacional de Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional. Las obligaciones erga omnes provienen de principios relativos a derechos fundamentales y comprenden la protección contra la esclavitud, la discriminación racial y otras violaciones graves, siendo garantías integradas al derecho internacional general.