Evolución del Marco Legal sobre Privación de Libertad Personal en el Código Penal Peruano
Análisis de las modificaciones legislativas en el Código Penal respecto a los delitos de privación de libertad personal, comparando las disposiciones de 1924 y 1991.
El Código Penal de 1924 establecía una pena privativa de libertad no mayor de doce años para quien privara a otro de su libertad personal, incluyendo agravantes como secuestro con fines de provecho económico, tortura y mutilación. El Código Penal de 1991 aumentó significativamente las penas, estableciendo un rango de veinte a treinta años para la privación de libertad sin derecho, motivo ni facultad justificada, independientemente del móvil, modalidad y duración del acto. El código vigente de 1991 contempla también formas agravadas con penas de treinta años cuando la víctima es funcionario público, servidor público o representante diplomático, así como cuando se causa crueldad o peligro a la vida o salud. La pena máxima de cadena perpetua se aplica cuando el agraviado sufre graves daños físicos o mentales, o muere durante o a consecuencia del secuestro.