Demanda Judicial Contra Miembros del Grupo Colina

En junio de 1995, una jueza de Lima solicitó al fuero militar poner a disposición de su juzgado a cuatro miembros del Grupo Colina, declarando inaplicable la ley de amnistía militar.

Mediante Oficio 63-95 del 16 de junio de 1995, la Jueza Antonia Saquicuray del Décimo Sexto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima solicitó al fuero militar entregar a su juzgado a cuatro miembros del Grupo Colina: Santiago Martín Rivas, Nelson Carbajal García, Juan Sosa Saavedra y Hugo Coral Coycochea. La jueza declaró inaplicable el Artículo 1° de la Ley 26479 que había otorgado amnistía general al personal militar, policial y civil. El Dictamen de la Undécima Fiscalía Superior Penal de Lima fundamentó que, aunque el Congreso tiene atribuciones para decretar amnistías, estas no pueden aplicarse a personas investigadas por presuntas violaciones a derechos humanos esenciales, considerando inaplicable la ley por violar la independencia de la función jurisdiccional.

Fuente: página 511
Ubicación: Lima, Peru