Legislación Antiterrorista y Detención Preventiva en Perú
Análisis de la implementación de normas antiterroristas que permitían detención preventiva de hasta 15 días naturales en casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas.
La Constitución de 1979 y 1993 establecieron que las personas detenidas debían ser puestas a disposición del Juzgado dentro de 24 horas, con excepción de casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas, donde el plazo se ampliaba a 15 días naturales. El Decreto Legislativo 046 de 1991 fue la primera norma dictada para combatir la subversión armada, seguida por leyes como la 24700, 25031 y el Decreto Ley 25475, que mantuvieron esta misma fórmula de detención preventiva. Sin embargo, las detenciones ilegales se prolongaban según la voluntad de los captores, y la incomunicación del detenido, aunque posteriormente regulada en las leyes antiterroristas, no se ajustaba a los parámetros legales del Estado de Emergencia.