Control del Orden Interno y Comando Político-Militar en Zonas de Emergencia
Durante el estado de emergencia, un Comando Político-Militar asume el control total del orden interno en zonas designadas, ejerciendo amplias atribuciones que abarcan los campos político, económico, social y militar.
El control del orden interno en zonas de emergencia es asumido por un Comando Político-Militar dirigido por un oficial de alto rango designado por el Presidente de la República. Las atribuciones conferidas al Comando Político-Militar fueron muy amplias, comprendiendo no solo el ámbito militar sino también los campos político, económico y social, coordinando el sector público y privado. Durante el estado de emergencia, las autoridades civiles quedan subordinadas al Comando Político-Militar, reasumiendo sus funciones solo cuando cesa el control de las Fuerzas Armadas. El Decreto Legislativo Nº 749 de 1991 ampliaron estas facultades, permitiendo al Jefe Político-Militar la conducción de todas las acciones de Gobierno y la disposición de recursos económicos, logísticos y de personal.