Suspensión de acciones de Habeas Corpus y Amparo durante Estados de Emergencia

Regulación legal que suspendía las acciones de Habeas Corpus y Amparo respecto de derechos específicos durante períodos de excepción constitucional en Perú.

Según la Ley Nro. 23506 de 1982, no procedían las acciones de Habeas Corpus y Amparo respecto de garantías y derechos específicamente suspendidos durante Estados de Emergencia. Posteriormente, la Ley 25398 de 1992 estableció que estas acciones de garantía podían proceder en regímenes de excepción únicamente cuando se interpusieran en defensa de derechos constitucionales no suspendidos, o cuando los derechos suspendidos no tuvieran relación directa con la conducta del agraviado. Esta regulación limitó significativamente los mecanismos de protección judicial disponibles durante períodos de emergencia.

Fuente: p. 179
Ubicación: Peru