Derecho a juicio público bajo la ley antiterrorista
La ley antiterrorista peruana prescribe juicios en establecimientos penitenciarios con magistrados no identificables, lo que entra en conflicto con garantías constitucionales e internacionales de publicidad procesal.
La ley antiterrorista establece que los juicios se realizarán en establecimientos penitenciarios en ambientes donde los magistrados, miembros del ministerio público y auxiliares de justicia no puedan ser identificados visualmente ni por audio por los procesados y abogados defensores. Esta disposición contrasta con la Constitución Política de 1993, que reconoce la publicidad en los procesos como principio fundamental de la función jurisdiccional. La Convención Americana y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establecen que los procesos penales deben ser públicos, permitiendo restricciones solo cuando sea necesario para preservar intereses de la justicia. La Corte Interamericana ha establecido que los procesos por terrorismo pueden realizarse públicamente, sin necesidad de restringir las condiciones de publicidad.