Reconocimiento del Principio de Legalidad en la Constitución Política de 1993

La Constitución de 1993 consagra el principio de legalidad que prohíbe sancionar conductas no previamente establecidas en la ley.

La Constitución Política de 1993 reconoce el fundamental principio de legalidad al establecer que nadie será procesado ni condenado por actos u omisiones que no estén previamente calificados en la ley como infracciones punibles. Este principio, expresado en el aforismo "nullum crimen, nulla poena, sine lege", constituye el principal límite impuesto por el Estado de Derecho al ejercicio de la potestad punitiva. El Código Penal de 1991 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos también recogen este mismo principio fundamental.

Fuente: Página 401
Ubicación: Peru