Convenios de Ginebra de 1949 y protección contra violencia sexual

Los Convenios de Ginebra de 1949 establecen protecciones fundamentales contra abusos sexuales y violencia sexual en conflictos armados internacionales e internos.

Los Convenios de Ginebra de 1949 son los principales instrumentos de protección de las víctimas de conflictos armados, con énfasis especial en la vulnerabilidad de las mujeres ante la violencia sexual. El Artículo 3 común a los cuatro Convenios y el Cuarto Convenio prohíben explícitamente el abuso sexual, clasificando la violación como tortura o trato inhumano y como crimen de guerra. El Protocolo Adicional I añade una prohibición expresa de la violación y otros abusos sexuales. Para conflictos armados no internacionales, el Protocolo Adicional II incorpora prohibiciones similares e incluye disposiciones especiales para mujeres arrestadas o detenidas, requiriendo su custodia en locales separados bajo vigilancia de mujeres.

Ubicación: Geneva, Switzerland