Las rondas campesinas: precisando el término
Las rondas campesinas juegan un papel fundamental en el ejercicio de la Justicia Comunal, tal como lo reconoce el propio artículo 149º de la Constitución Política. Sin embargo, en el lenguaje cotidiano se llaman rondas a otras organizaciones, y sería muy conveniente distinguirlo. De acuerdo al artículo 149º de la Constitución Política, las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, “con el apoyo de las Rondas Campesinas”, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. (Extracto introducción).